Edición Revisada -
Declaración de IRPF
Declaración Jurada de IRPF
¿Quiénes NO ESTÁN OBLIGADOS a presentar declaración jurada de IRPF?
La presentación de declaración jurada por IRPF no es obligatoria para quienes estén incluidos en cualquiera de los siguientes grupos:
- Aquellos que hayan tenido ingresos por jubilaciones, pensiones o trabajo dependiente, que simultáneamente cumplan:
- que los mismos provengan por todo concepto de un único pagador y
- que incluyan ingresos por el mes de diciembre 2007.
- Aquellos cuyos ingresos por jubilaciones, pensiones y trabajo dependiente no superaron $130.000 nominales en el período julio-diciembre de 2007 y no obtuvieron ingresos por la prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia.
- Aquellos cuyas rentas por arrendamiento ya fueron objeto de retención, o realizaron todos los adelantos correspondientes, o tramitaron la exoneración (esta última válida para arrendamientos menores a $32.720 en el período julio-diciembre de 2007).
- Aquellos con otras rentas de capital (intereses bancarios, dividendos y utilidades, incrementos patrimoniales, entre otros) que ya tuvieron en todos los casos, las retenciones correspondientes.
Los contribuyentes incluidos en cualquiera de estos grupos no tendrán que realizar ningún trámite.
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